SIN INFORMACION

JUAN PABLO KINAST GÓMEZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ

Rol

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/DEJAR COPIA 2138-24

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado querellante Juan Pablo Kinast Gómez, en la causa RUC 2410047838-9, RIT 6398-2024, del Juzgado de Garantía de Curicó, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada el día 17 de diciembre de 2024 por el Juzgado de Garantía de Curicó, que concedió un recurso de apelación interpuesto por el abogado Claudio González Salgado, ya que tal recurso no debió ser concedido por impugnar una resolución inapelable e infringir los requisitos formales previstos en el artículo 367 del Código Procesal Penal. Expone que la causa corresponde a una investigación penal iniciada por querella interpuesta por su parte, por los delitos de presentación de prueba falsa y estafa procesal, perpetrados el 9 de junio de 2022, en el 1er Juzgado de Letras de Curicó. Los hechos fundantes de los delitos denunciados consisten en la utilización fraudulenta de un procedimiento judicial para cobrar una deuda inexistente, que nuestra jurisprudencia reconoce desde hace una década, como una figura de estafa descrita en el artículo 468 del Código Penal, fallos que recogen los argumentos desarrollados por el trabajo del profesor Héctor Hernández, en su artículo “La Estafa Triangular en el Derecho Penal Chileno, en especial la Estafa Procesal”. Agrega que el 11 de diciembre de 2024, el titular del Juzgado de Garantía de Curicó, resolvió en audiencia una solicitud de la parte querellada, que solicitaba la inadmisibilidad de la querella, la incompetencia del Tribunal para conocer de esta causa y el sobreseimiento definitivo de la misma, en virtud de los previsto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, rechazando todas las solicitudes recién anotadas. Luego, señala que la parte querellada interpuso recurso de apelación el que debe ser declarado inadmisible. Argumenta que el recurso solicita revocar la resolución que rechazó la solicitud de inco

Fallo

se declara admisible el recurso de Apelación concédase en el solo efecto devolutivo, elévense los antecedentes ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, por corresponderle su conocimiento y resolución”. Hace presente que el recurso de hecho interpuesto funda la inadmisibilidad del recurso de apelación en la petición subsidiaria deducida, aquella que atañe a la incompetencia, y, nada dice respecto del motivo principal en el cual se funda dicha apelación, la resolución que recae en una solicitud de sobreseimiento. Por lo expuesto, más allá de los legítimos argumentos que plantea el recurrente de hecho en torno a la naturaleza de la resolución que niega lugar a una declaración de incompetencia y la falta de norma expresa para entender que ella es apelable, no es menos efectivo que el recurso de apelación se encuentra correctamente concedido por el motivo principal, que dice relación con una solicitud de sobreseimiento, punto respecto del cual el recurso que ahora nos ocupa guarda silencio. Tercero: Que el artículo 369 del Código Procesal Penal, en lo permitente, señala que, denegado el recurso de apelación, concedido siendo improcedente u otorgado con efectos no ajustados a derecho, los intervinientes podrán ocurrir de hecho, dentro de tercero día, ante el tribunal de alzada, con el fin de que resuelva si hubiere lugar o no al recurso y cuáles debieren ser sus efectos. Cuarto: Que, consta en los antecedentes, que la resolución que fue objeto del recurso de apelación -

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado querellante Juan Pablo Kinast Gómez, en la causa RUC 2410047838-9, RIT 6398-2024, del Juzgado de Garantía de Curicó, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada el día 17 de di

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica