SIN INFORMACION

COO/FUICA

Rol

Fecha

28 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Coo Sanhueza, abogado, en representación de doña Carolina Andrea Santibáñez Berrios, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de diciembre de 2024 dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT nro. 13924-2024, por la que se declaró inadmisible el recurso de apelación deducido en contra de la resolución que rechazó la competencia en el marco de la audiencia llevada a efecto el día 24 de diciembre pasado. Señala que con fecha 4 de noviembre de 2024, se detuvo a la imputada Carolina Andrea Santibáñez Berrios en la comuna de Santiago, comuna que corresponde al territorio jurisdiccional del 7º Juzgado de Garantía de Santiago. Sostiene que los hechos expuestos en la audiencia de formalización por parte del Ministerio Público, así como en la querella presentada por la víctima, señalan que el fraude materia del procedimiento, se cometió en la sucursal ubicada en calle Mac Iver 225, en la comuna de Santiago mediante la utilización de un “mandato bancario” falso por parte de la imputada Carolina Santibáñez Berrios. Sostiene que, el día 5 de noviembre de 2024, mismo día en que se llevó a cabo la audiencia de control de detención y formalización de Carolina Santibáñez Berrios, el Magistrado Sr. Cristián Sánchez Rivera (mismo juez que dirigió la referida audiencia), resolvió respecto de la querella que: “Para resolver, indique las razones que estima concurrentes para observar que este Tribunal tiene competencia en los hechos denunciados en la querella”, fijando audiencia para debatir incompetencia de este Tribunal, para el día 24 de diciembre del 2024. Expresa que el 24 de diciembre de 2024, se llevó a efecto la audiencia de rigor, en este orden, se dio traslado a los intervinientes -fiscal, defensa y querellante-, señalando todos estos, que el principio de ejecución comenzó en la comuna de Santiago y por consiguiente, el tribunal competente era el Séptimo Juzgado de Garantía

Fallo

Por estas razones, no cabe sino rechazar el recurso de hecho deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y conforme lo disponen los artículos 369 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la defensa en contra de la resolución de treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en causa RIT 13924-2024 tramitada ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese y comuníquese. N°Penal-18-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Diego Coo Sanhueza, abogado, en representación de doña Carolina Andrea Santibáñez Berrios, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 30 de diciembre de 2024 dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT nro. 13924-2024, por la que se decl

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