IGLESIAS/CONSTRUCTORA CALAN S.P.A
Rol
Fecha
28 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 423 inciso tercero y 476 del Código del Trabajo, y teniendo en especial consideración el domicilio del actor, quien debió trasladar su domicilio para prestar sus servicios, se revoca la resolución apelada dictada el tres de enero de dos mil veinticinco por el Juzgado de Letras de Villa Alemana, en autos Rol M-1-2025, debiendo el tribunal a quo dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Notifíquese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-26-2025./ahd
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de enero de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 423 inciso tercero y 476 del Código del Trabajo, y teniendo en especial consideración el domicilio del actor, quien debió trasladar su domicilio para prestar sus servicios, se revoca la resolución apelada dictada el tres de enero d
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