SIN INFORMACION

RIVERA/PEREZ

Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el abogado don Gustavo Alejandro Hancenn Pino, en representación de don Fabián Rodrigo Rivera Vásquez, interponiendo acción de protección contra don Diego Pérez Medina, por vulnerar esta con su actuar, la garantía prevista en el artículo 19 N° 1, 4 y 24 de nuestra Carta Fundamental. En cuanto a la infracción denunciada, señala el letrado recurrente, que el día 21 de noviembre del año 2024, su representado fue informado de la existencia de un video grabado, por el recurrido Diego Pérez Medina, donde aparece el mismo recurrido, grabando la casa de propiedad del recurrente, donde se habían puesto carteles insertados en la reja, portón y paredes exteriores de la misma, con una gran cantidad de insultos, descalificaciones, calumnias e injurias hacia su persona, todas infundadas según se expresa, con expresiones tales como “Don Fabian Rivera gracias por no pagarme la reparación del furgón, mala paga” “Don Fabian Rivera este es el vecino que todos quieren tener en el Sector sin miedo a aprovecharse del dinero que otro lucha día y noche para tenerlo, felicitaciones por quedarse con 650.000 pesos, RUT 8657507-8” “don Fabián Rivera Cuando la justicia no te visita El Carma te toca la puerta El Rey de la Estafa”, respecto de las cuales acompaña las fotografías, al presente recurso. Agrega el recurrente, que su representado no ha sido notificado de ninguna causa en materia civil o formalizado en alguna causa penal, vinculada con el recurrido o que se relacione con esta supuesta deuda, la cual desde ya desconoce y rechaza. Expone, además, que el recurrido, ha reiterado en múltiples ocasiones la colocación de carteles en el domicilio y en el vehículo de su representado, inclusive con rayados en los mismos, afectando gravemente el derecho a la vida privada y a la honra del recurrente y de su familia, como, asimismo, la protección de sus datos personales. Asimismo, señala el actor, que el recurrido concurre prácticamente todos los días al domicilio de s

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por el abogado Gustavo Alejandro Hancenn Pino, en representación de don Fabián Rodrigo Rivera Vásquez, en contra de Diego Pérez Medina, sólo en cuanto se ordena a este último, abstenerse de referirse o realizar declaraciones, del mismo tenor en contra del recurrente, ya sea por medio de carteles, pancartas, mensajes electrónicos o por cualquier otro medio de comunicación. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante señor Juan Pablo Ortega Arroyo. No firma el Ministro señor Guillermo Arcos Salinas, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse ausente haciendo uso de permiso. Rol N°1164–2024 PROTECCIÓN.

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, comparece el abogado don Gustavo Alejandro Hancenn Pino, en representación de don Fabián Rodrigo Rivera Vásquez, interponiendo acción de protección contra don Diego Pérez Medina, por vulnerar esta con su actuar, la garantía prevista en el artículo 19 N° 1, 4 y 24 de nuestra Carta Fundamental. En cuanto a la infracción denunci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica