2º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

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Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA, SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: 1°.- Que, la alegación planteada en estrados por el recurrente, en cuanto a la extemporaneidad del incidente de nulidad planteado no fue discutido en la instancia correspondiente, en su oportunidad, por lo que este tribunal se ve impedido de pronunciarse. 2°.- Que, en la especie, tratándose de un acreedor hipotecario a cuyo respecto se ha declarado su derecho preferente, como consta del instrumento acompañado por el ejecutante en esta instancia, no se reúnen los supuestos a que se refieren los artículos 2428 del Código Civil en relación con el 492 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se comparte lo decidido por la juez de la instancia. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil; SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de ocho de mayo de dos mil veinticuatro, contenida en el folio 5, del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, dictada por el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en autos rol C-6145-2023. Devuélvase. N°Civil-1194-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción CCA/mfv Concepción, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Que, la alegación planteada en estrados por el recurrente, en cuanto a la extemporaneidad del incidente de nulidad planteado no fue discutido en la instancia correspondiente, en su oportunidad, por lo que este tribunal se ve impedido de pronunciarse. 2°.- Que, en la especie, tratándose de un acreedor h

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