2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

FUNDACIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE COMISIONES MÉDICAS/ZENTENO (ACUM.IC.N°4505-2024)

Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

OTROS RECLAMOS

Resultado

REVOCADA

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Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas, y lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, se revoca la resolución en alzada, dictada el día dos de diciembre de dos mil veinticuatro por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT N° I-887-2024, y en su lugar se decide que dicho tribunal es competente para conocer del asunto planteado en estos autos, debiendo darle la tramitación que en derecho corresponde, por juez no inhabilitado. En cuanto a la resolución apelada de once de diciembre de dos mil veinticuatro dictada en dicha causa y tribunal, teniendo en consideración el estado procesal al momento de impetrarse la solicitud de medida precautoria, estése al mérito de lo resuelto. Comuníquese. N°Laboral - Cobranza-4348-2024 (acumulado Ingreso Corte N° 4505-2024). Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por el Ministro señor Guillermo E. De La Barra Dunner, el Ministro (S) señora Paula Rodriguez Fondon y el Abogado Integrante señor Waldo Leonidas Parra Pizarro. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos, y teniendo únicamente presente: 1) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 420 letra e) del Código del Trabajo, serán de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo, las reclamaciones que procedan en contra de resoluciones dictadas por autoridades administrativas en materias laborales, previsionales

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