MUNICIPALIDAD LAS CONDES/CABEZAS
Rol
Fecha
27 de enero de 2025
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que si bien los reajustes se producen por el solo ministerio de la ley según el artículo 53 del Código Tributario, su inclusión expresa en el mandamiento de ejecución y embargo resulta necesaria para dar certeza jurídica al cobro ejecutivo y cumplir con el principio de integridad del pago establecido en los artículos 1569 del Código Civil y 443 del Código de Procedimiento Civil, de tal modo que su omisión en el mandamiento podría afectar su posterior cobro efectivo, especialmente
Fundamentos
considerando que fueron expresamente solicitados en la demanda ejecutiva conforme al artículo 48 de la Ley de Rentas Municipales, que remite a las normas de reajustabilidad del Código Tributario.
Fallo
Por estas razones y con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el 26º Juzgado Civil de Santiago, en autos Rol Nro. C-19490-2024 y en su lugar se dispone que el tribunal a quo deberá despachar un nuevo mandamiento de ejecución y embargo en los términos solicitados por el ejecutante, esto es, incluyendo los reajustes demandados. Devuélvase. Rol Corte Nro. 21462-2024 (Civil)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente: Que si bien los reajustes se producen por el solo ministerio de la ley según el artículo 53 del Código Tributario, su inclusión expresa en el mandamiento de ejecución y embargo resulta necesaria para dar certeza jurídica al cobro ejecutivo y cumplir con el principio de integridad del pago
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