SIN INFORMACION

BASTIDAS MORIAN ANDREINA BERENICE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, en favor de Andreina Berenice Bastidas Morian, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24373788 de fecha 5 de agosto de 2024, que archivó su solicitud de residencia definitiva. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se fundamenta en una supuesta ausencia del país que no corresponde a la realidad, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 letras a) y b) de la Constitución Política de la República, que garantiza a todas las personas la libertad de residir, permanecer y trasladarse en el territorio nacional, por lo que solicita se deje sin efecto la resolución impugnada y se ordene otorgar el permiso de residencia o continuar con la tramitación del procedimiento administrativo. Expone que la amparada, de nacionalidad venezolana, ingresó a Chile por primera vez en 2018, obteniendo una visa temporaria vigente desde 2019 hasta 2020. Durante este período, viajó a Venezuela para contraer matrimonio, regresando a Chile a fines de abril de 2020. Debido a la suspensión de vuelos comerciales por la pandemia, reingresó al país por vía terrestre a través de la frontera de Iquique, donde un funcionario de la Policía de Investigaciones verificó su cédula vigente y autorizó su ingreso. Señala que, en el año 2021 la amparada postuló a la residencia definitiva, pagando una multa por presentación extemporánea mediante Resolución Exenta N°39267 de fecha 12 de febrero de 2021. Sin embargo, el 5 de agosto de 2024 recibió una notificación que archivó su solicitud bajo el argumento de haber estado fuera del país desde el 20 de febrero de 2020, lo que no corresponde a la realidad, pues reingresó durante la pandemia, contando con boletos comprados en Aerolínea Avianca a través de la plataforma Despegar. Agrega que la amparada tiene arraigo familiar en Chile, s

Fundamentos

fundamentos de derecho, el recurso invoca el artículo 19 N°7 letras a) y b) de la Constitución Política, que garantiza el derecho a la libertad personal y seguridad individual, incluyendo el derecho a residir y permanecer en cualquier lugar de la República. Asimismo, cita el artículo 21 de la Carta Fundamental que establece la acción constitucional de amparo como mecanismo de protección ante privaciones, perturbaciones o amenazas ilegales a la libertad personal. Argumenta que el archivo de una solicitud de residencia definitiva no está previsto como sanción en la normativa vigente, constituyendo un actuar ilegal y arbitrario que excede las facultades del Servicio Nacional de Migraciones. Cita además el artículo 5° inciso segundo de la Constitución, que establece el deber de los órganos del Estado de respetar y promover los derechos fundamentales, así como la Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familiares.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso de amparo y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24373788, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones otorgar el permiso de residencia o, en su defecto, continuar con la sustanciación del procedimiento administrativo de obtención del visado. SEGUNDO: Que, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, y expone en cuanto a los hechos, que la ciudadana venezolana doña Andreina Berenice Bastidas Morian ingresó a Chile el 14 de noviembre de 2018 por el paso fronterizo habilitado Chacalluta. Posteriormente, mediante Resolución Exenta N°1431 de fecha 21 de marzo de 2019, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Talagante le otorgó una visa de residencia temporal profesional/técnico, en calidad de titular, por el período de un año, permiso que caducó el 5 de mayo de 2020. Con fecha 25 de febrero de 2021, la extranjera solicitó ante la autoridad migratoria el beneficio de residencia definitiva mediante plataforma digital, quedando asignada bajo el ID N°19797288. Frente a dicha solicitud, mediante comunicación electrónica folio N°46383280 de fecha 14 de septiembre de 2023, enviada al correo proporcionado por la misma extranjera, se le informó que su solicitud no se encontraba en condiciones de avanzar a la etapa de análisis y procesamiento de antecedentes, debiendo acompañar copia de la resolución que acreditara la regularización de su situación migratoria y el

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Santiago, veintisiete de enero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, en favor de Andreina Berenice Bastidas Morian, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24373788 de fecha 5 de agosto de 2024, que archivó su solicitud de residencia de

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