SIN INFORMACION

ANTOINE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Franty Mejías Vásquez, en representación de Rachelle Antoine, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 27.190.879-2, domiciliada en Ángel Guarello N°2652, comuna de Pedro Aguirre Cerda, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la Resolución Exenta N° 24392785, de 16 de agosto de 2024, actuar que afecta su derecho a la igualdad ante la ley y al debido proceso, garantías aseguradas en el artículo 19 N°2 y N°3 de la Constitución Política de la República. Expone que dicha resolución resolvió el rechazo de la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono de la extranjera, al no haberse remitido al Servicio recurrido el certificado de antecedentes de su país de origen. Previas citas legales, solicita se acoja la presente acción, ordenando al Servicio recurrido dejar sin efecto la resolución que rechazó la solicitud de la extranjera y disponiendo que se pronuncie nuevamente respecto de ella. Segundo: Que informa al tenor del recurso el Servicio Nacional de Migraciones indicando, en lo pertinente, que la extranjera realizó una solicitud de residencia definitiva el 25 de noviembre de 2020. Añade que mediante comunicación de 7 de marzo de 2023 se le solicitaron antecedentes y se le otorgó un plazo de 60 días, so pena de rechazarse su solicitud. En ese sentido, refiere que el 23 de julio de 2023 se le comunicó que su petición se encontraba comprendida en causal de rechazo, al no haber acompañado certificado de antecedentes del país de origen por lo que, transcurrido el plazo para que evacuase sus descargos, el 16 de agosto de 2024 se dictó la Resolución Exenta N°24392785, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y otorgó, no obstante, visación de residencia temporal por el periodo de un año, reservándose a la recurrente los recursos administrativos contemplados en

Fallo

Por estas consideraciones, de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Rachelle Antoine. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°4636- 2024 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintisiete de enero de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Franty Mejías Vásquez, en representación de Rachelle Antoine, ciudadana haitiana, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 27.190.879-2, domiciliada en Ángel Guarello N°2652, comuna de Pedro Aguirre Cerda, e interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones

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