JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 N° 2 y 3 de la Ley N° 19.968 y 267 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Lucia del Carmen Méndez Arriagada, en contra de la sentencia de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 60 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-856-2024.(acl/cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Lucia del Carmen Méndez Arriagada, en contra de la sentencia de fecha dos de diciembre de dos mil veinticuatro, escrita a folio 60 en el expediente digital, por improcedente. Devuélvase. N°Familia-856-2024.(acl/cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. A folio 4: estese al mérito de lo que se resolverá. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 N° 2 y 3 de la Ley N° 19.968 y 267 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la abogada doña Lucia del Carmen Méndez Arriagada, en contra de la

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