SIN INFORMACION

GARCÍA DÍAZ YULIANNY MARÍA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS PRIMERO: Que comparece Yulianny María García Díaz, ciudadana venezolana, quien deduce acción de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado Resolución Exenta N°24516968, de fecha 12 de noviembre de 2024, la que decretó su expulsión del territorio nacional, reclamando que dicha es ilegal y arbitraria y vulnera su libertad personal y seguridad individual, por cuanto no considera su arraigo, señalando que se encuentra trabajando y con familia radicada en el país. Termina solicitando sea acogida la presente acción de amparo, dejando sin efecto la resolución impugnada, y que se le otorgue un plazo para volver a postular y obtener la residencia definitiva en Chile. SEGUNDO: Que, del informe evacuado por el Servicio Nacional de Migraciones, representado por el abogado Marcelo Alonso Andrés Rivera Compan, se desprenden los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: En cuanto a los hechos, la autoridad recurrida expone que doña Yulianny María García Diaz no registra ingresos al territorio nacional por pasos habilitados. Mediante Informe Policial N°2002, de fecha 18 de octubre de 2020, de la Policía de Investigaciones de Chile de Iquique, se puso en conocimiento de la autoridad migratoria una denuncia por ingreso clandestino contra la amparada, eludiendo los controles migratorios fronterizos. Posteriormente, con fecha 20 de junio de 2023, la amparada se inscribió para ser parte del Proceso de Empadronamiento Biométrico del año 2023. Sin embargo, al no haber concurrido a la citación respectiva, con fecha 29 de febrero de 2024, se tuvo por no empadronada a la amparada en dicho proceso. Mediante Oficio Ordinario N°71361802, de fecha 17 de septiembre de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones informó a la amparada el inicio de un procedimiento sancionatorio en su contra, conforme al artículo 132 de la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para realizar los descargos pertinent

Fallo

Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, la acción de amparo constitucional deducida por Yulianny María García Díaz en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-201-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Al folio N° 13: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio N° 14: téngase presente. Al folio N° 15: a sus antecedentes. VISTOS PRIMERO: Que comparece Yulianny María García Díaz, ciudadana venezolana, quien deduce acción de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional de Migraciones, p

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