BRICEÑO RIOS LEIDY JOHANA / CAJA DE COMPENSACION LOS HEROES
Rol
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 14 de agosto de 2024, mediante formulario manuscrito comparece doña María Patricia interponiendo acción de protección en favor de Leidy Johana Briceño Ríos, en contra de la Caja Compensación e Asignación Familiar Los Heroes, por el no pago de sus licencias médicas extendidas entre 2018 y 2019, acto que considera ilegal y arbitrario, el que vulnera sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 de la Constitución Política, por lo que solicita se ordene a la recurrida pagar las respectivas licencias. SEGUNDO: Que, evacuando informe por la recurrida Caja De Compensación De Asignación Familiar Los Héroes, representada por la abogada María Paz Suárez Floody, explica que la Sra. Leidy Briceño Ríos, quien está afiliada a Los Héroes a través de su empleador Walmart Chile Alimentos y Servicios Limitada, presentó catorce licencias médicas por enfermedad común entre diciembre de 2017 y febrero de 2019, todas las cuales fueron aprobadas desde el punto de vista médico por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN). Sin embargo, señala que dichas licencias no cumplieron con el requisito de presentar la documentación necesaria para realizar el cálculo del Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), habiendo transcurrido el plazo de 6 meses establecido en el artículo 155 del D.F.L. 1 de 2005 del Ministerio de Salud para solicitar y cobrar el beneficio, contado desde el término de cada licencia, e incluso el plazo general de prescripción de 5 años establecido en los artículos 2.514 y 2.515 del Código Civil. Explica que la licencia médica cumple dos objetivos legales independientes: autorizar la ausencia temporal del trabajador a su empleo y posibilitar el pago de un subsidio que reemplace la remuneración durante dicha ausencia. En consecuencia, su tramitación consta de dos etapas: la primera, relativa a la autorización médico-técnica otorgada por la COMPIN, y la segunda, concerniente a la determinación del SIL y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, debiendo desestimarse la acción de protección por extemporánea. A mayor abundamiento, se encuentra igualmente vencido el plazo de 6 meses establecido en el artículo 155 del D.F.L. 1 de 2005 del Ministerio de Salud para solicitar y cobrar el beneficio respectivo, contado desde el término de cada una de las licencias referidas, e incluso el plazo general de prescripción de 5 años establecido en los artículos 2.514 y 2.515 del Código Civil. Por las razones anotadas y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto en estos autos en favor de Leidy Briceño Ríos en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes. Regístrese y comuníquese. N°Protección-18167-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 14 de agosto de 2024, mediante formulario manuscrito comparece doña María Patricia interponiendo acción de protección en favor de Leidy Johana Briceño Ríos, en contra de la Caja Compensación e Asignación Familiar Los Heroes, por el no pago de sus licencias médicas extendidas
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