LUCIEN VERNHES ANTOINE EMMANUEL /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 se recurre de amparo en favor de Antoine Emmanuel Lucien Vernhes, francés, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que califica de ilegal y arbitrario, consistente en no poner a disposición del actor la descarga de su residencia temporal, lo que amenaza su libertad personal, por lo que pide se ordene a la recurrida cumplir con aquello para dar vigencia al permiso señalado. Refiere que el actor ingresó a Chile el año 2015, obteniendo dos visas temporarias hasta el año 2019, postulando en dicho año a la permanencia definitiva, solicitud que fue rechazada por Resolución Exenta N°163798, de 4 de septiembre de 2020, la que nunca fue notificada al amparado. Señala que dicha resolución además de rechazar la solicitud de permanencia definitiva, otorgaba al amparado un permiso de residencia temporal por 1 año, contado desde la materialización de esta, a través del estampado pertinente. Sin embargo, para poder materializar el referido estampado electrónico, el Servicio recurrido dispone de un trámite adicional denominado “ratificación de visa”, pues señala que luego de 6 meses sin ser descargado, el estampado electrónico pierde vigencia, lo que no tiene asidero jurídico alguno y deriva en una omisión ilegal y arbitraria al exigir un trámite no prescrito por el ordenamiento jurídico. A folio 8 informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Refiere que mediante Resolución Exenta N°163798 de fecha 04 de septiembre de 2020, se otorgó al actor el beneficio de Residencia Temporal, sujeta a contrato, por el periodo de un año, en condición de titular. Señala que, la persona extranjera no estampó dicho beneficio, por lo que aún no se ha materializado su derecho de residencia y explica que dicho trámite se encuentra contemplado tanto en la antigua como en la vigente normativa migratoria. Agrega que las personas a las que se les otorgó la Residencia Temporal desde dentro de Chile y que no han materializa
Fundamentos
considerando: Primero: Que se presenta recurso de protección a favor del ciudadano francés Antoine Emmanuel Lucien Vernhes contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión consistente en no poner a disposición la descarga de un certificado de residencia temporal exigiendo un trámite de ratificación que no está contemplado en la ley. Segundo: Que, la residencia temporal fue concedida al amparado el 4 de septiembre de 2020, y en consecuencia, transcurriendo más de 6 meses desde aquella data, se debe considerar la ratificación que se pide por parte del Servicio, ordenado en la misma resolución, como un trámite administrativo necesario para que el actor pueda descargar el Estampado Electrónico. Tercero: Que entonces, no se observa ninguna ilegalidad del Servicio Nacional de Migraciones al requerir como trámite previo al estampado de la residencia temporal en el pasaporte, la diligencia de ratificación, por cuanto aquella exigencia resulta prudente y razonable considerando el tiempo transcurrido desde el otorgamiento del beneficio migratorio, y se enmarca dentro de las facultades del Servicio recurrido para mantener el control migratorio de los extranjeros que se encuentran en el territorio nacional.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Antoine Emmanuel Lucien Vernhes y en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-178-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 se recurre de amparo en favor de Antoine Emmanuel Lucien Vernhes, francés, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión que califica de ilegal y arbitrario, consistente en no poner a disposición del actor la descarga de su residencia temporal, lo que amenaza su libertad personal,
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