MP.C/ PABLO ANDRÉS CABRERA DELGADO Y JUAN ANTONIO CABRERA DELGADO.
Rol
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la participación de los imputados en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la naturaleza del delito, circunstancia de comisión, pena probable, diversidad de droga incautada y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de enero del año dos mil veinticinco, dictada por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva de los imputados Pablo Andrés Cabrera Delgado y Juan Antonio Cabrera Delgado. Devuélvase vía interconexión. Nº 246-2025-Penal
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San Miguel, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Sala: Quinta Rol Corte: 246-2025-Penal Ruc: 2500078183-8 Rit: 189-2025 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Natalia Álvarez Villarroel Imputado: PABLO ANDRÉS CABRERA DELGADO y JUAN ANTONIO CABRERA DELGADO Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Vistos y oídos l
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