3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

ADRIANA MORENO ULLOA Y HERNAN DEL CARMEN CORTÉS/FISCO DE CHILE

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Que ante el Tercer Juzgado de Letras de la Serena, se llevó a efecto juicio ordinario sobre demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio, caratulado Moreno/Vega que resolvió mediante sentencia de veintitrés de enero de dos mil veinticuatro rechazar las objeciones documentales incoadas por el Fisco, rechazar la petición de la parte demandante de ampliar el objeto del litigio al conocimiento de la acción de nulidad de derecho público y, en subsidio, de ineficacia de la resolución exenta N° E-13097/2016, omitiendo pronunciamiento de éstas; rechazar la excepción de prescripción extintiva opuesta por el Fisco en su contestación; rechazar la excepción de improcedencia de acción indemnizatoria planteada por el Fisco, acoger la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta contra el Fisco de Chile, por la falta de servicio en que incurrió la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la región de Coquimbo, solo en cuanto se da lugar al resarcimiento del daño moral experimentado por el demandante, Hernán del Carmen Cortés, por la suma de veinte millones de pesos ($20.000.000); que la cantidad a pagar deberá reajustarse conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor o la unidad que lo reemplace, con intereses corrientes, todo ello calculado en la forma consignada en el fundamento trigésimo segundo de este fallo, rechazar en lo demás la demanda incoada y finalmente atendido a que la demandada resultó parcialmente vencida, cada parte pagará sus costas. Que la parte demandante se alzó en apelación en contra de la sentencia pidiendo para que la revoque, resolviendo: I.- Acoger la petición tendiente a anular la Resolución Exenta N° E-13097/2016 de la Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, de 29 de septiembre de 2016, y; II.- Condenar a la demandada al pago del daño moral sufrido por doña Adriana Moreno Ulloa, en similares términos de aquellos otorgados a don Hernán del Carmen Cortés, o en la suma

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Por economía procesal, tratándose de dos recursos que se dirigen contra de la misma sentencia, se analizarán en su conjunto. Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de la parte final del considerando 27° del cual se elimina todo el párrafo que corre entre las palabras “no obstante y sobre ello”. Y SE TIENE EN SULUGAR Y ADEMAS PRESENTE SEGUNDO: Que en cuanto a la prescripción y a la improcedencia de discutir la responsabilidad extracontractual antes que la nulidad del acto, se comparten los argumentos brindados por la sentencia. TERCERO: Que además se debe considerar que la demandante en su alegato oral afirmó que no perseveraría con aquello pedido en su apelación, por cuanto sostuvo que la resolución que produjo el perjuicio de sus representados fue anulada mediante decreto del año pasado, por ende, a ese respecto solo se mantendrá la decisión. CUARTO: Que en cuanto a los perjuicios, esta Corte entiende que lo apelado solo resulta ser la negativa a conceder daño moral a Adriana Moreno Ulloa que sin bien se encuentra unida en vínculo matrimonial con Hernán del Carmen Cortés, según el documentos que acompaña en esta instancia a folio 8, la prueba a su respecto consistente en los dichos de Luis Alfonso Veas Martínez, Amelia Angelica Bravo Alvarez y copia de compraventa acompañada ante esta Corte en el folio 14, mismo documento que fue acompañado en primera instancia, resulta insuficiente e imprecisa, sin que pueda presumirse de ella el dolor o malestar que justifiquen tal condena, motivo suficiente para, rechazar tal extremo de la demanda civil, por no haberse acreditado. Y visto lo dispuesto, además, en los artículos 186 y siguientes el Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: Que, SE CONFIRMA, sin costas, el fallo apelado de veintitrés de enero de dos mil veinticuatro. Redactó la Ministro Suplente Claudia Cardenas Navarro. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N°271-2024 y Rol 312-2024 Civil.

Texto Completo (Preview)

Moreno Ulloa, Adriana y Cortés Hernán del Carmen Fisco de Chile Indemnización de perjuicios Rol N° 271-2024 y acumulada civil (2438-2022 del Tercer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante el Tercer Juzgado de Letras de la Serena, se llevó a efecto juicio ordinario sobre demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio,

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