SIN INFORMACION

THEODORE ROSE MANIE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Se interpone recurso de amparo en favor de ROSE MANIE THEODORE, cédula de identidad 26.327.597-7, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24546120, de fecha 30 de noviembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción por residencia irregular, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. Argumenta que la orden de abandono resulta desproporcionada, carente de fundamento, si se considera que mantiene arraigo familiar, laboral y no tiene antecedentes penales. Solicita, que se deje sin efecto la resolución recurrida, y en consecuencia la orden de abandono, debiendo pronunciarse sobre la situación migratoria de la amparada. Informa Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que se rechazó la solicitud de residencia definitiva de la persona extranjera, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 10 días, por no acompañar el pago de la sanción por residencia irregular a la fecha de dictación de la Resolución Exenta, de tal manera que no se ha incurrido en acto ilegal alguno. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24546120 de fecha 30 de noviembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la recurrente y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en no haber pagado la sanción impuesta por residencia irregular. Segundo: Que, para resolver este arbitrio, se debe tener presente que la recurrente cuenta con arraigo familiar y social en el país, lo que acredita con el certificado de nacimiento de su hija de nacionalidad chilena, menor de edad, certificado de cotizaciones previsionales, en el que tiene registros desde el mes de diciembre de 2019. Asimismo, acompañó contrato de trabajo como trabajadora agrícola del mes de octubre de 2024. Tercero: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia solicitada y la orden de abandono impuesta resultan desproporcionados, considerando los antecedentes de arraigo expuestos; todo lo cual vulnera el principio de reunificación familiar recogido en el inciso final del artículo 1° de la Constitución Política de la República. Cuarto: Que, el acto recurrido amenaza la libertad personal de la amparada toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, permite a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo al artículo 127 numeral 3° de la Ley N°21.325, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio como se dirá en lo resolutivo. Asimismo, de conformidad al artículo 50 inciso final del Reglamento de la Ley N°21.325, la circunstancia de que un extranjero mantenga una orden de abandono vigente constituye una causal de inadmisibilidad de otras solicitudes de residencia, lo que impide que pueda regular su situación migratoria a través de una nueva presentación.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo en favor de ROSE MANIE THEODORE, cédula de identidad 26.327.597-7, de nacionalidad haitiana, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24546120 de fecha 30 de noviembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad recurrida reabrir el expediente administrativo de la amparada, durante un plazo no inferior a sesenta días hábiles, a fin que pague la multa impuesta y, del mismo modo, debe incorporar en el mentado expediente, los antecedentes acompañados por la recurrente a folio 1, con el objeto de ser ponderados por la autoridad en el nuevo pronunciamiento que se dicte sobre la solicitud de regularización migratoria de la amparada, conforme a derecho. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-189-2025. En Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Visto: Se interpone recurso de amparo en favor de ROSE MANIE THEODORE, cédula de identidad 26.327.597-7, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24546120, de fecha 30 de noviembre de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y

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