SIN INFORMACION

ESPINOZA/TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/OF.

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 11 de septiembre de 2024, comparece la abogada doña Francisca Valentina Espinoza Torres, en representación de la parte ejecutada y apelante, don Mario Andrés Espinoza Farías, cédula de identidad N°10.893.696-7, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de agosto de 2024, dictada en autos sobre procedimiento de cobro ejecutivo de obligaciones tributarias Rol 505-2008, seguidos ante la Tesorería Regional de Talca, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio de un recurso de reposición en contra de la resolución de 19 de agosto de 2024, que resolvió rechazar el incidente de abandono del procedimiento promovido por su parte. Al efecto, cita la resolución de 29 de agosto de 2024, notificada mediante correo electrónico de 6 de septiembre de 2024, que deniega la apelación referida, la que reza: “AL PRIMER OTROSÍ:

Fallo

se declara inadmisible el Recurso de Apelación deducido.” Explica que, el tribunal no concedió el recurso de apelación deducido en forma subsidiaria por su parte en contra de la resolución de 19 de agosto de 2024, conforme a lo establecido en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, en relación con lo dispuesto en el artículo 2° del Código Tributario, pese a que dicha resolución provoca un severo agravio a su parte al rechazar el incidente de abandono del procedimiento, no obstante configurarse en la especie los requisitos legales para acceder a ello. Estima que, la resolución 29 de agosto de 2024 hace subsistir interminablemente un proceso que ya lleva 16 años en tramitación y respecto del cual, teniendo la oportunidad procesal para hacerlo, el Tribunal a quo se ha resistido a finalizar, dejando transcurrir el plazo suficiente para que se configure el abandono del procedimiento que se solicita declarar. Da cuenta que, en dichas circunstancias interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento, por corresponder la determinación adoptada por el Tribunal a quo a una resolución que altera la substanciación regular del procedimiento, vulnerando de paso los principios: dispositivo, de imparcialidad y de objetividad que deben regir el actuar de un tribunal en todo proceso de esta especie. Posteriormente, se refiere a antecedentes de hecho que constan en el expediente de Tesorerí

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Talca, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 11 de septiembre de 2024, comparece la abogada doña Francisca Valentina Espinoza Torres, en representación de la parte ejecutada y apelante, don Mario Andrés Espinoza Farías, cédula de identidad N°10.893.696-7, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de agosto de 2024, dictada en autos

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