JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MIN. PIUBLICO ARICA C/ NOE RAMON VILCA MIRANDA

Rol

Fecha

23 de enero de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Habiéndose cuestionado solamente la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y al respecto hay que considerar simplemente los elementos objetivos que deben ser ponderados en relación a la situación del imputado, es que, en definitiva, el delito por el cual ha sido formalizado tiene asignada una pena de crimen, de tal manera que, conforme a la misma disposición legal, dispone que en estos casos se debe entender especialmente la libertad de las personas como constitutivas de un peligro para la seguridad de la sociedad, en esas circunstancias, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha catorce de enero de dos mil veinticinco, y se mantiene entonces, la medida cautelar de prisión preventiva decretada en contra de don Noé Ramón Vilca Miranda. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 68-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veintitrés de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 68-2025 Penal Ruc: 2500059213-K RIT: 327-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo, fiscal judicial señor Juan Manuel Escobar Salas y abogada integrante señora Paula Lepe Caiconte Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digit

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