MONTES DE RODRIGUEZ IRAYDA ZAYDEHT/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de IRAYDA ZAYDETH MONTES DE RODRÍGUEZ, nacional de Venezuela, recurre de amparo en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber archivado su solicitud de residencia definitiva de 14 de junio de 2023, por medio de la Resolución Exenta número 24605808 de fecha 30 de diciembre del año 2024, fundada en que supuestamente la extranjera se habría encontrado fuera de Chile desde el 26 de enero de 2024. Explica que el 12 de marzo de 2024, la amparada solicitó residencia definitiva en Chile, sin embargo, previo a dicha solicitud, el día 26 de enero de 2024, ella realizó un viaje a Venezuela debido a que el régimen chavista la amenazó con la confiscación de su casa. Luego, el 30 de diciembre de 2024, aquella fue notificada de la Resolución Exenta N° 24605808, que ordena el archivo de la solicitud de residencia definitiva, desde que de acuerdo a lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, la extranjera se encuentra fuera del país desde el 26 de enero del año 2024. Sostiene que no existe norma jurídica alguna que permita al servicio archivar una solicitud de residencia definitiva porque el titular se encuentra fuera del país, lo que hace que el actuar de la recurrida sea ilegal. Pide que se ordene dejar sin efecto la Resolución Exenta 24605808 de fecha 30 de diciembre del año 2024, que en consecuencia se desarchive y resuelva conforme su solicitud de Residencia Definitiva. Segundo: Que Marcelo Alonso Andrés Rivera Compan, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, evacuó informe, pidiendo el rechazo del recurso por cuanto no existe acto u omisión que vulnere garantías constitucionales de la amparada. Indica que, en el transcurso del análisis de la solicitud de residencia definitiva, se detectó que la extranjera egresó de Chile con fecha 26 de enero de 2024, sin volver a registrar ingreso al país por paso habilitado, y que en virtud de lo anterior, mediante Resolución Exenta N°24605808, de fecha 30 de diciembre de 2024, se dispuso el archivo de la solicitud de Residencia Definitiva presentada por la amparada, conjuntamente con la restitución de los derechos pagados por el beneficio migratorio solicitado. Hace presente a esta Ilustrísima Corte de Apelaciones que esta autoridad no cuenta con registro alguno en que la extranjera recurrente hubiese retornado al país por medio de paso fronterizo habilitado. Precisa que no ha dictado sanción migratoria alguna contra la recurrente, ya sea de multa, orden de abandono, expulsión, ni cualquier otra sanción migratoria. Tercero: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seg
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de IRAYDA ZAYDETH MONTES DE RODRÍGUEZ, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-169-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo al escrito folio 10: téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de IRAYDA ZAYDETH MONTES DE RODRÍGUEZ, nacional de Venezuela, recurre de amparo en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por haber archivado su solicitud de residencia definitiva de 14 de j
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