3º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

20 de febrero de 2025

Materia

ALIMENTOS, REBAJA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. 2°) Que al efecto y conforme lo establece el artículo 67 N°1 de la Ley N°19.968, el recurso de reposición debe interponerse dentro de tercero día de...

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C.A. de Santiago Santiago, veinte de febrero de dos mil veinticinco. Al folio 4; por recibidos los antecedentes provenientes desde primera instancia y por cumplido lo ordenado con fecha diez de enero de dos mil veinticinco y en su mérito estese a lo que se resolverá. Vistos: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se

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