1º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CHILE/AGROCOMERCIAL SONIA DEL CARMEN RODRIGO OPAZO

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veintitrés de diciembre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-227-2025.(cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha veintitrés de diciembre pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-227-2025.(cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado)

Texto Completo (Preview)

mbaa C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Sin perjuicio, de lo resuelto con fecha treinta de diciembre pasado, entendiéndose que el recurso de apelación fue interpuesto por la parte demandada, estese a lo que se resolverá. Al folio 4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Ci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica