RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO POR JESÚS ALGARRA DECARO EN CONTRA DE JUAN ALBERTO DUBO DUBO
Rol
Fecha
23 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban, o privan del ejercicio legítimo de algunas de las garantías enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°. Que, de la sola lectura de lo que expone la recurrente se desprende que los hechos relatados no constituyen vulneración a alguna de las garantías constitucionales contempladas en el catálogo del artículo 20 de la Carta Fundamental, careciendo la acción intentada de fundamentos que permitan admitirla a tramitación. Lo anterior sin perjuicio de las consultas que podría realizar el recurrente ante la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Coquimbo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de protección, se declara INADMISIBLE el recurso interpuesto por don Jesús Geovanny Algarra Decano, por improcedente. Regístrese y archívese en Sitcorte en su oportunidad. Rol N°109-2025 Protección.-
Texto Completo (Preview)
Algarra Decano, Jesús Geovanny Dubo Dubo, Juan Alberto Recurso de Protección Rol N°109-2025.- La Serena, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. A folio 1: A lo principal y otrosíes: Estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ileg
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