MP.C/ ALEXIS RICARDO OSORIO HERRERA.
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en los mismos. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, en atención a la pluralidad de ilícitos, naturaleza y gravedad de aquel referido a la ley de control de armas, forma de comisión de los mismos, bienes jurídicos afectados, pena probable a aplicar, eventual forma de cumplimiento y por registrar variados y recientes antecedentes penales pretéritos. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veinte de enero en curso, dictada en los autos RIT 483-2025 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto y, en su lugar, se decreta la medida cautelar de prisión preventiva de Alexis Ricardo Osorio Herrera. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 210-2025 Penal
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Fecha: veintidós de enero de dos mil veinticinco. Sala: Primera Rol Corte: 210-2025 RIT: 483-2025 Ruc: 2500085016-3 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Cristián Calderón Bórquez Abogado asesor del Ministerio Público: Darío Sanhueza De la Cruz Defensor penal público: Camila Cañon Parra Imputado: Alexis Ricardo Osorio Herrera Tipo de Recurso: Apelación- cautelar Delitos: Amena
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