JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

ERWIN PATRICIO ORTIZ SALAZAR C/ MANUEL ALEJANDRO SALAZAR GONZALEZ

Rol

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, concordando con los

Fundamentos

fundamentos expuestos por el Tribunal A Quo en relación a la concurrencia de los presupuestos necesarios para decretar la medida cautelar de prisión preventiva en debate y teniendo principalmente en consideración que la conducta del imputado obstruye los fines del procedimiento, SE CONFIRMA la resolución en de fecha catorce de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva al imputado MANUEL ALEJANDRO SALAZAR GONZÁLEZ. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-66-2025. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintidós de enero de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí de los escritos folios 4 y 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, concordando con los fundamentos expuestos por el Tribunal A Quo en relación a la concurrencia de los presupuestos necesarios para decretar la medida cautelar de pris

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