HUERTA SANTIBANEZ PATRICIO EDUARDO/ COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional doña Karin Godoy Adasme, abogada defensora público penitenciaria, en favor del interno don Patricio Eduardo Huerta Santibáñez, recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado concederle el beneficio de libertad condicional -correspondiente al segundo semestre del año 2024, sin ajustarse a la normativa regulada para el caso, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indicó que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, por el delito de robo con intimidación en causa RUC 1700526203-8, RIT 4682-2017, conocida por el 6° Juzgado de Garantía de Santiago, cuya fecha de inicio de condena se registra el 6 de junio de 2017, con fecha de término el 7 de junio de 2027, y que el mínimo para Libertad Condicional se cumplió el 7 de febrero de 2024, registrando Conducta “Muy buena”, en los últimos 6 bimestres, cumpliendo a cabalidad con todos los requisitos objetivos exigidos por el artículo 2 del Decreto Ley Nº 321 y artículo 14 del Decreto Supremo 2442. Solicita que se acoja el recurso adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y disponer que se deje sin efecto la resolución recurrida, decretando en su lugar que se concede el beneficio de libertad condicional al amparado. Segundo: Que evacuó informe la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, señalando, en síntesis, que por resolución de fecha veintitrés de octubre pasado, se resolvió rechazar, por unanimidad, la concesión del beneficio pretendido. Destacó que, si bien el amparado mantiene conducta intachable durante los bimestres anteriores y cumple el tiempo mínimo de condena, la misma
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Patricio Eduardo Huerta Santibáñez y en contra de la resolución de veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Amparo-189-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. Santiago. Santiago, veintidós de enero de dos mil veinticinco. Al folio N° 6: téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que, recurrió de amparo constitucional doña Karin Godoy Adasme, abogada defensora público penitenciaria, en favor del interno don Patricio Eduardo Huerta Santibáñez, recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Liberta
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