JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/DANIEL ANTONIO MEDINA ACUÑA, YESTHER DANIEL MEDINA CASANOVA, DAXON DAVID CASANOVA VILLAMIZAR Y AMILCAR DE JESUS NAVAS SANCHEZ. (QUERELLANTE: TELEFONICA CHILE S.A.).

Rol

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fueron formalizados los imputados. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, se estima que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad,

Fundamentos

considerando especialmente la situación migratoria irregular de todos los imputados, lo que además evidencia un eventual peligro de fuga; a lo que debe añadirse la gravedad de los ilícitos, forma de comisión, gravedad de las eventuales penas, modalidad de cumplimiento y al hecho de haber actuado en grupo o pandilla, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de once de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la prisión preventiva de los imputados Daniel Antonio Medina Acuña, Yesther Daniel Medina Casanova, Daxon David Casanova Villamizar y Amilcar De Jesús Nava Sánchez. Comuníquese vía interconexión. N°211-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veintidós de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 211-2025 Penal Ruc: 2500029939-4 RIT: 187-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo. Relator: Natalia Álvarez Villarroel. Fiscal: Jonatan Morales. Defensa: Gabriel Zambrano. Querellante: Matías Fernández. Imputados: Daniel Antonio Medina Acuña, Yesther Daniel Medina Casanova, Daxon David Casanova Vil

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