M.P C/ N.E.C.V; T.Y.L.P. D.I.U.P.
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial lo indicado en la formalización del primer hecho, cuyo principio de ejecución tuvo lugar en la comuna de San Ramón, territorio jurisdiccional del 15°Juzgado de Garantía de Santiago, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 157 y 190 del Código Orgánico de Tribunales, se dirime la contienda de competencia y se declara que el 15° Juzgado de Garantía de Santiago es el tribunal competente para continuar con la tramitación de esta causa, al que se le remitirán los antecedentes vía interconexión. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Talagante. Devuélvase vía interconexión. N° 3362-2024 Penal.
Fallo
se declara que el 15° Juzgado de Garantía de Santiago es el tribunal competente para continuar con la tramitación de esta causa, al que se le remitirán los antecedentes vía interconexión. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Garantía de Talagante. Devuélvase vía interconexión. N° 3362-2024 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de enero de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol: 3362-2024 Penal Ruc: 2401056070-1 RIT: 4143-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Talagante Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros y señora M. Catalina González Torres y abogado integrante señora Patricia Muñoz García. Relator: Diego Muñoz Gaete Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Defensa: Rafael Álvarez
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