JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

MP. C/ YEREMI JESÚS LILLO LASTRA.

Rol

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que los nuevos antecedentes invocados por la defensa no alcanzan para desvirtuar, en este estadio procesal, la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en tanto que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado Yeremi Jesús Lillo Lastra, por estimar esta Corte que su libertad constituye un peligro para la seguridad de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado de la sociedad, atendida la gravedad y naturaleza del ilícito, bien jurídico protegido y gravedad de la pena asignada al delito, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Por lo antes señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución la resolución apelada dictada en la audiencia de veinte de enero del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Yeremi Jesús Lillo Lastra, por medidas de menor intensidad del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal y en su lugar se declara que se mantiene a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Salas, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en alzada, teniendo para ello en consideración las posibles circunstancias atenuantes de responsabilidad penal concurrentes, la naturaleza del delito y el tiempo que a la fecha lleva el imputado privado de libertad. Comuníquese vía interconexión. N°208-2025 Penal.

Fallo

se declara que se mantiene a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Salas, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en alzada, teniendo para ello en consideración las posibles circunstancias atenuantes de responsabilidad penal concurrentes, la naturaleza del delito y el tiempo que a la fecha lleva el imputado privado de libertad. Comuníquese vía interconexión. N°208-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a veintidós de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 208-2025 Penal Ruc: 2401116667-5 RIT: 8442-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto. Relator: Natalia Álvarez Villarroel. Fiscal: Yelica Lusic. Defensa: Juan Carlos Batlle. Imputado: Yeremi Jesús Lillo Lastra. Delito: Robo con violencia. Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audi

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