ARTIGUE/TOLEDO
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo previsto en los artículos 295 y 298 del Código de Procedimiento Civil y 444 inciso 3° del Código del Trabajo, se revoca la resolución apelada de tres de enero dos mil veinticinco, dictada en causa RIT N° M-1402-2024, RUC N° 1402-2024, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, que rechazó decretar la medida precautoria pedida y, en su lugar se declara que se acoge esta solicitud de la demandante, ordenándose la retención de dineros de propiedad de la demandada, que se encuentren disponibles en diversos productos bancarios de las instituciones financieras indicadas por la actora, hasta por la suma $2.394.000. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por considerar que, en la especie, no concurren los presupuestos exigidos por los artículos 295 del Código de Procedimiento Civil y 444 del Código del Trabajo, por ahora. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Laboral Cobranza-18-2025.
Fallo
se declara que se acoge esta solicitud de la demandante, ordenándose la retención de dineros de propiedad de la demandada, que se encuentren disponibles en diversos productos bancarios de las instituciones financieras indicadas por la actora, hasta por la suma $2.394.000. Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por considerar que, en la especie, no concurren los presupuestos exigidos por los artículos 295 del Código de Procedimiento Civil y 444 del Código del Trabajo, por ahora. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Laboral Cobranza-18-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintidós de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo previsto en los artículos 295 y 298 del Código de Procedimiento Civil y 444 inciso 3° del Código del Trabajo, se revoca la resolución apelada de tres de enero dos mil veinticinco, dictada en causa RIT N° M-1402-2024, RUC N° 1402-2024, por el Juzgado de Letras del Traba
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