JUZGADO DE GARANTIA DE VALDIVIA

MP C/ DANIEL ISAIN AGUILAR SILVA

Rol

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

DAÑOS SIMPLES. ART. 484.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendida la irreprochable conducta anterior de la imputada, que los antecedentes de la carpeta investigativa no satisfacen el presupuesto material necesario para decretar la prisión preventiva, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veinticinco y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total y el arraigo nacional de la imputada Carolina Andrea Araya Velásquez. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante Sra. Susan Turner Saelzer, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 81 – 2025 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de enero de 2025. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, veintidós de enero de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decreten medidas cautelares de menor intensidad. A continuación alega el Ministerio Público, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendida la irreprochable conducta anterior de la imputada, que los antecedentes de la carpeta investigativa no satisfacen el presupuesto material necesario para decretar la prisión preventiva, se REVOCA la resolución apelada de dieciséis de enero de dos mil veinticinco y, en su lugar, se decreta el arresto domiciliario total y el arraigo nacional de la imputada Carolina Andrea Araya Velásquez. Acordada con el voto en contra de la abogada integrante Sra. Susan Turner Saelzer, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 81 – 2025 Penal. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de enero de 2025. Felipe Cancino Concha Relator En Valdivia, veintidós de enero de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTIDÓS DE ENERO DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA DEFENSA PRIVADA EN CAUSA RUC 2301179301–0, RIT 6539–2023. ROL CORTE 81–2025. Siendo las 09:20 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra Sra. Marcia Undu

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