MP FISCALIA LOCAL C/ RAFAEL LEONARDO QUEZADA MARTINEZ
Rol
Fecha
22 de enero de 2025
Materia
ASOCI. CRIMINAL MEDIANTE UNA PERSONA JURÍDICA. ART. 294 C.P.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, compartiendo los argumentos vertidos en la resolución que se revisa, teniendo presente que del examen de los antecedentes se concluye que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración al decretar la prisión preventiva respecto del imputado, toda vez que la defensa no introduce elementos nuevos que alteren aquellos que sostienen los hechos que se le atribuyen, a lo que se adiciona que en esta etapa de la investigación se encuentran suficientemente establecidos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, y
Fundamentos
considerando que las alegaciones de la defensa, apuntan, por un lado a situaciones de otros imputados, y por otro, a cuestiones de fondo que deben ser resueltas por el tribunal que conozca de la acusación, y visto lo dispuesto en el artículo 149 del mismo cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada de trece de enero del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, por la que dispuso la mantención de la medida de prisión preventiva respecto del imputado Eric Eduardo Estrada Cancino. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°22-2025. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, veintidós de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Atendido el mérito de lo expuesto en audiencia, compartiendo los argumentos vertidos en la resolución que se revisa, teniendo presente que del examen de los antecedentes se concluye que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración al decretar la prisión preventiva respecto del imputado, toda vez que la defensa
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