12º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VILLA/FONDO DE INVERSION WEG-1

Rol

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha once de enero de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de cinco de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-20285-2024. gds.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, con fecha once de enero de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de cinco de enero de dos mil veinticuatro. Comuníquese. N°Civil-20285-2024. gds.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Por recibidos los antecedentes desde primera instancia y por cumplido lo ordenado. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual

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