JUZGADO DE GARANTIA DE SAN ANTONIO

MP C/ LISSETTE ALEJANDRA CABRERA LANDEROS

Rol

Fecha

22 de enero de 2025

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y conforme lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de trece de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Lissette Alejandra Cabrera Landeros, Yuritza Thiare Williamson Leverini, Daniel Ignacio Silva Silva, Jorge Fernando Morales Alarcón y Francisco Javier Aliste Saavedra y la medida cautelar de internación provisoria de los imputados adolescentes Cristóbal Rolando Puentes Rodríguez y Alexander Exequiel Arellano Zúñiga. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada y disponer la libertad de los imputados Lissette Alejandra Cabrera Landeros, Yuritza Thiare Williamson Leverini, Daniel Ignacio Silva Silva, Jorge Fernando Morales Alarcón, Cristóbal Rolando Puentes Rodríguez y Alexander Exequiel Arellano Zúñiga, teniendo, para ello presente, que los imputados Puentes y Arellano son menores de edad; Cabrera, Williamson, Silva y Morales no tienen reproches penales pretéritos y, respecto de todos los imputados mencionados, el principio de proporcionalidad respecto de la debilidad en la acreditación de los hechos constitutivos de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. NºPenal-166-2025.-

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a veintidós de enero dos mil veinticinco, a las 10:45 horas, ante la Quinta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por el Ministro Sr. Álvaro Carrasco Labra e integrada, además, por la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal y el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, para la vista de los recu

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