ABRAHAM TARUD ANGELA MARCELA/OYANEDEL RODRIGUEZ MARIA SOLEDAD (LTE)
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado Fernando Maturana Crino, en representación de los ejecutados Jorge Ignacio Riquelme Kussner y Ángela Marcela Abraham Tarud, en autos caratulados “Banco Itaú Chile / Riquelme Kussner y otra”, causa Rol C- 2699- 2024, seguida ante el 3° Juzgado Civil de Santiago, deduce recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 3 de octubre de 2024, que rechaza por improcedente recurso de apelación en subsidio de reposición interpuesto contra la resolución dictada el 17 de septiembre de dos mil veinticuatro que dispuso notificar a las partes para efectos de la consignación de honorarios y gastos de la tasación pericial. Refiere que la carga procesal establecida en el artículo 411 del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a la notificación por cédula de la proposición de los honorarios del perito y el pago del mismo, no resultan aplicables a las reglas especiales de tasación contenidas en el procedimiento ejecutivo, y que en tal sentido es el ejecutante la parte interesada en la ejecución, quien tiene las cargas y obligaciones consiguientes si quiere la subasta de los bienes, sabiendo que los gastos serán recuperados del producto de la venta de los bienes. Sostiene que imponer a su parte una carga para que se cumpla con la tasación solicitada en el ejercicio del derecho especial que la ley le autoriza, bajo amenaza de tenerla por desistida de la pericia si no consignan los honorarios, supone alterar las reglas del procedimiento de apremio, por lo que la resolución recurrida altera la substanciación regular del procedimiento de apremio, lo que hace admisible su apelación, de conformidad al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Finaliza solicitando se acoja el recurso de hecho, y se acoja a tramitación el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de fecha 17 de septiembre de 2024. SEGUNDO: Que, informando al tenor del recurso, María Soledad Oyanedel Rodríguez, Juez suplente por el artículo 4
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por Fernando Maturana Crino, en representación de los ejecutados Jorge Ignacio Riquelme Kussner y Ángela Marcela Abraham Tarud. Regístrese y comuníquese. N°Civil-16482-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el abogado Fernando Maturana Crino, en representación de los ejecutados Jorge Ignacio Riquelme Kussner y Ángela Marcela Abraham Tarud, en autos caratulados “Banco Itaú Chile / Riquelme Kussner y otra”, causa Rol C- 2699- 2024, seguida ante el 3° Juzgado Civil de Santiago, deduce recurso
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