2º JUZGADO CIVIL DE PUERTO MONTT

BANCO SANTANDER- CHILE/VILLABLANCA

Rol

Fecha

21 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y

Fundamentos

considerando que la resolución que hace lugar a la solicitud de devolución de documentos no pone término al procedimiento -aun cuando entre aquéllos se encuentre el título ejecutivo- y, teniendo presente que el actor no ha ejercido la facultad prevista en el artículo 148 del Código de Procedimiento Civil, se concluye que no existe vicio alguno que justifique hacer uso de las facultades previstas en el artículo 84 del cuerpo de normas citado y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de fecha veintiséis de diciembre de año dos mil veintitrés, pronunciada por el Segundo Juzgado Civil de Puerto Montt, que no hizo lugar a la solicitud de corrección de oficio efectuada por la parte ejecutante. Devuélvase. Rol Civil N°9-2024.

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Puerto Montt, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes y considerando que la resolución que hace lugar a la solicitud de devolución de documentos no pone término al procedimiento -aun cuando entre aquéllos se encuentre el título ejecutivo- y, teniendo presente que el actor no ha ejercido la facultad prevista en el artículo 148 del Código de Procedimiento Ci

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