MARABOLÍ/AFC CHILE II S.A
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Allen A. Leonard Casas del Valle, actuando por don Sergio Rodrigo Marabolí Bravo, interponiendo recurso de protección en contra de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A., por haber negado el pago y restitución de los fondos aportados al seguro de cesantía. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la recurrida se niega a restituir fondos que fueron erróneamente aportados dada su condición de pensionado, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N° 1, 3, 18 y 24 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene el pago de los aportes efectuados al seguro de cesantía entre octubre de 2015 y julio de 2024. Expone que el recurrente ingresó a prestar servicios para la empresa Arcoprime Ltda. el 1 de octubre de 2015, los que se extendieron hasta el 26 de julio de 2024, fecha en que se puso término al contrato de trabajo por mutuo acuerdo de las partes. Señala que, previo a estos servicios, fue funcionario público de Carabineros de Chile, percibiendo desde el 7 de julio de 2011 una pensión de retiro o jubilación. Indica que al concurrir a las oficinas de la recurrida para solicitar el pago de los fondos de cesantía, se le informó que no tenía derecho al subsidio dada su condición de pensionado, conforme a la Ley 19.728. Agrega que, según la información disponible en el sitio web de la propia recurrida, los trabajadores pensionados no deben cotizar al Seguro de Cesantía, salvo aquellos acogidos a pensión de invalidez parcial o trabajadores de casa particular y que en caso de recibir cotizaciones de trabajadores pensionados, estos pagos indebidos deben ser devueltos tanto al trabajador como al empleador. En ese orden de cosas, sostiene que el acto es arbitrario pues está basado en decisiones por mero capricho y unilaterales de la recurrida, quien públicamente alude a un procedimiento para la restitución de fondos aportado
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida pagar los aportes de seguro de cesantía que le fueron descontados entre octubre de 2015 y julio de 2024, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, en su informe, la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A. expone que, conforme al artículo 1° de la Ley N°19.728, el seguro de cesantía es obligatorio para los trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, teniendo como objeto exclusivo administrar dos Fondos de Cesantía y otorgar las prestaciones que establece la ley, según lo dispone el artículo 30 de la citada normativa. Señala que, de acuerdo al artículo 2° inciso tercero de la Ley N°19.728, dicho cuerpo legal no rige respecto de los pensionados, salvo que la pensión se hubiere otorgado por invalidez parcial o se trate de trabajadores de casa particular. Agrega que el Compendio de Normas del Seguro de Cesantía establece que los trabajadores que se pensionen por cualquier causa, con excepción de los afiliados pensionados por invalidez parcial, podrán disponer en un solo giro de los fondos acumulados en su cuenta individual. Indica que para que el afiliado pensionado pueda disponer en un solo giro de los fondos acumulados, debe presentar su cédula nacional de identidad, la última liquidación de pago de pensión y documentación que acredite la fecha de inicio, régimen y tipo de pensión. Añade que, conforme al Libro III, Título IV, C
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Allen A. Leonard Casas del Valle, actuando por don Sergio Rodrigo Marabolí Bravo, interponiendo recurso de protección en contra de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile II S.A., por haber negado el pago y restitución de los fondos aportados al seguro de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica