MERCADER BELLO FRANCISCA ANDREA - CLINICA BELENUS SPA
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que según el tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 en las materias que ella regula, el recurso de apelación solo es procedente respecto de las sentencias definitivas y de aquellas resoluciones que ponen fin al juicio o hacen imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la resolución apelada, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro (fojas N° 77) y concedido a fojas N° 80, contra la resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro (fojas N° 76). Regístrese y devuélvase. Sin perjuicio de lo resuelto previamente, resolviendo al folio N° 3: al tenor de lo solicitado, certifique la señora Secretaria lo que corresponda. N°Policía Local-168-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro (fojas N° 77) y concedido a fojas N° 80, contra la resolución de fecha diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro (fojas N° 76). Regístrese y devuélvase. Sin perjuicio de lo resuelto previamente, resolviendo al folio N° 3: al tenor de lo solicitado, certifique la señora Secretaria lo que corresponda. N°Policía Local-168-2025.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Al folio N° 2: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que según el tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 en las materias que ella regula, el recurso de apelación solo es procedente respecto de las sentencias definitivas y de aquellas resoluciones que ponen fin al juicio o hacen imposi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica