POLICIA DE INVESTIGACIONES DE C/ JESUS ANTONIO PARRA HEVIA
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada y lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el tercerista en contra de la resolución de siete de enero del presente, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar en sus autos RIT N°10.366-2023. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Valenzuela, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de apelación, por estimarlo procedente de conformidad a las reglas generales. Devuélvase. N°Penal-107-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el tercerista en contra de la resolución de siete de enero del presente, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar en sus autos RIT N°10.366-2023. Acordada con el voto en contra de la Ministra Suplente Sra. Valenzuela, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de apelación, por estimarlo procedente de conformidad a las reglas generales. Devuélvase. N°Penal-107-2025.
Texto Completo (Preview)
Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Proveyendo folio N°1 “Ingreso Recurso”: Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada y lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el tercerista en contra de la resolución de siete de enero del presente, dictada por el Juzgad
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