2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LAGOS/SUBUS CHILE S.A.

Rol

Fecha

21 de enero de 2025

Materia

RECARGOS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Por sentencia dictada con fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, en causa RIT O-6175-2022, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar la demanda por despido verbal interpuesta por don Sergio Fernando Lagos Basáez en contra de Subus Chile S.A., y se acogió parcialmente la demanda de cobro de prestaciones, condenando a la demandada al pago por concepto de feriado proporcional. Contra dicho fallo recurrió de nulidad la parte demandante por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo por omisión del requisito del artículo 459 N°4, en subsidio por la causal del artículo 478 letra b), en subsidio por la causal del artículo 478 letra e) por omisión del requisito del artículo 459 N°6, y en subsidio por la causal del artículo 477, todas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia del día catorce de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente fundamenta su primer motivo de nulidad en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por omisión del requisito contemplado en el artículo 459 N°4, argumentando que la sentencia no analizó debidamente la prueba documental, específicamente el contrato de trabajo y el comprobante de envío de la carta de despido. Alega que el juez no analizó documentos fundamentales como el contrato de trabajo y el comprobante de envío de la carta de despido por Correos de Chile, cuyo análisis habría evidenciado que la carta fue enviada a un domicilio distinto al señalado en el contrato. Mientras el contrato indicaba como domicilio del trabajador "Magdalena Vicuña 1280, Depto. 1406, comuna de San Miguel", la carta fue remitida a "Magdalena Vicuña 1280, Peñalolén". Manifiesta que la omisión de este análisis influyó sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo recurrió de nulidad la parte demandante por la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo por omisión del requisito del artículo 459 N°4, en subsidio por la causal del artículo 478 letra b), en subsidio por la causal del artículo 478 letra e) por omisión del requisito del artículo 459 N°6, y en subsidio por la causal del artículo 477, todas del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su conocimiento en audiencia del día catorce de noviembre último, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente fundamenta su primer motivo de nulidad en la causal del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, por omisión del requisito contemplado en el artículo 459 N°4, argumentando que la sentencia no analizó debidamente la prueba documental, específicamente el contrato de trabajo y el comprobante de envío de la carta de despido. Alega que el juez no analizó documentos fundamentales como el contrato de trabajo y el comprobante de envío de la carta de despido por Correos de Chile, cuyo análisis habría evidenciado que la carta fue enviada a un domicilio distinto al señalado en el contrato. Mientras el contrato indicaba como domicilio del trabajador "Magdalena Vicuña 1280, Depto. 1406, comuna de San Miguel", la carta fue remitida a "Magdalena Vicuña 1280, Peñalolén". Manifiesta que la omisión de este análisis influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo pues llevó al tribunal a concluir

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Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Por sentencia dictada con fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, en causa RIT O-6175-2022, seguida ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se resolvió rechazar la demanda por despido verbal interpuesta por don Sergio Fernando Lagos Basáez en contra de Subus Chile S.A., y se acogió parcialmente la demanda d

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