GONZÁLEZ ENCINA, JORGE PATRICIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO. SEMESTRE DE 2024)
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Gabriel Caderón Lewin, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Jorge Patricio González Encina, cédula nacional de identidad N°19.459.556-5, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°517-2024, de 9 de octubre de 2024, mediante la cual se denegó la concesión del beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo una condena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de robo con violencia y un castigo de 4 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de violación, cuyo inicio fue el 20 de octubre de 2018, previéndose el término de su condena para el 22 de octubre de 2027. Señala que la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado tal beneficio, a pesar de cumplir con los requisitos, esto es, tiempo mínimo, conducta intachable e informe de postulación psicosocial que acredite avances en su proceso de reinserción. Afirma que el rechazo del beneficio se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores y, por ello, constituye un acto arbitrario, pues no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente el motivo por el que esos aspectos llevan a inclinarse para que deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Agrega que en el informe social que allegó al recurso, se consigna que el amparado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario La Serena; mantiene una excelente conducta, contando con 7 bimestres calificados con muy buena conducta; registra participación en taller bajo umbral; en el año 2023 cursó enseñanza básica nivel básico 3 (7° y 8° básico) en el establecimiento educacional Liceo Técnico Profesional Adultos Coresol de La Serena, comuna de Coquimbo; cuenta con una red de apoyo familiar conformada principalmente de su madre y con domicilio fijo en la comuna Copiapó, propiedad de aquélla, quien se encuentra totalmente dispuesta a brindarle un espacio donde residir. Asimismo, refiere que el amparado reconoce plenamente la autoría en el delito cometido, se encuentra consciente de la gravedad de los hechos y durante el tiempo que ha permanecido en reclusión, ha logrado reflexionar sobre las consecuencias negativas de su actuar. Finaliza solicitando se acoja el recurso de amparo y, en definitiva, se restablezca el imperio del derecho, disponiendo se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando se le conceda aquella de manera inmediata. Acompaña a su recurso informe amparo libertad condicional elaborado por la trabajadora social pen
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Jorge Patricio González Encina, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°38-2025 Amparo.
Texto Completo (Preview)
González Encina, Jorge Patricio Comisión de Libertad Condicional (2do. semestre de 2024) Recurso de amparo Rol N°38-2025 La Serena, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Gabriel Caderón Lewin, defensor público penitenciario, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Jorge Patricio González Encina, cédula nacional de iden
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