/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece doña Diana Antonieta Rivero Aular, venezolana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°25015559, de 10 de enero del 2025, mediante la que rechazó la solicitud de residencia definitiva, ordenando su abandono del país, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que encontrándose con estadía irregular, procedió el 25 de julio de 2023 a realizar el cálculo de multa correspondiente y consecuente pago de la misma, efectuando luego de ello la petición de residencia definitiva, a la que se le asignó el ID 66735951. Refiere que el 7 de febrero de 2024, recibió una notificación por parte del recurrido en la que se solicitaba el pago de derechos por el beneficio migratorio gestionado, lo que efectuó el mismo día. Indica que el 19 de agosto de 2024, nuevamente recibió una notificación en la que se le solicitaba antecedentes adicionales, específicamente, el envío de copia de la resolución que acredita que se sancionó por la infracción consistente en postular a la residencia definitiva encontrándose vencido su permiso de residencia. Sobre el particular, explica que realizó el proceso voluntario de declaración de infracción y cálculo de multa, sin embargo, el pago de la sanción correspondió al artículo 106, en circunstancias que debió serlo por el artículo 119 de la Ley N°21.325. Señala que el 10 de enero del presente año, mediante Resolución Exenta N°25015559, se le comunicó el rechazo de la petición de residencia definitiva, ordenando su abandono del país en un plazo de 10 días, añadiendo que si bien cometió una equivocación al sancionarse por otro artículo, nunca evadió tal responsabilidad. Acota que cuenta con arraigo laboral y familiar. En efecto, tiene una hija menor de edad nacida en Chile y vive con su conviviente de hecho, quien se ha radicado como residente definitivo, contando además con una empresa propia para su sustento. Culmina solicitando se declare la nulidad de la Resolución Exenta N°25015559, de 10 de enero del 2025, ordenando al recurrido otorgue sin más demora el permiso de residencia definitiva, dentro de un plazo razonable o, en su defecto, autorice una residencia temporal, adoptando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompaña a su recurso: 1. Pasaporte; 2. Cédula de identidad para extranjeros en Chile; 3. Documentos de postulación a la residencia definitiva; 4. Notificación de inicio de proceso sancionatorio; 5. Comprobante de pago de multa; 6. Comprobante de pago de multa registrado en Tesorería General de la República; 7. Notificación de pago de derechos; 8. Notificación de solicitud de documentos adicionales y captura de pantalla de documentación subida; 9. Cédula de identidad y certificado de nacimiento de hija; y 10.
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Rivero Aular, Diana Antonieta Servicio Nacional de Migración Recurso de amparo Rol N°34-2025 La Serena, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece doña Diana Antonieta Rivero Aular, venezolana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°
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