BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SALAZAR
Rol
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el 487 del Código de Procedimiento Civil, transcurridos los plazos que expresa el artículo 486 del mencionado cuerpo legal, resolverá sobre las impugnaciones el tribunal, sea aprobando la tasación, sea mandando que se rectifique por el mismo o por otro perito, sea fijando el tribunal por sí mismo el justiprecio de los bienes. Estas resoluciones son inapelables, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 213, 485, 486 y 487 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de quince del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-20114-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 213, 485, 486 y 487 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada el dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro, en contra de la resolución de quince del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-20114-2024.
Texto Completo (Preview)
jtha C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el 487 del Código de Procedimiento Civil, transcurridos los plazos que expresa el artículo 486 del mencionado cuerpo legal, resolverá sobre las impugnaciones el tribunal, sea aprobando la tasación, sea mandando que se rectifique por el mismo o por otro perito, sea fi
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