/SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN CHINCHORRO
Rol
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Advirtiendo esta Corte que la decisión recurrida por el presente arbitrio constitucional no dice relación con la vulneración de la libertad ambulatoria y/o seguridad individual, en los términos a que se refiere el numeral 7 del artículo 19 en relación con el artículo 21, ambos de la Constitución política de la República, se declara inadmisible el presente recurso de amparo. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-29-2025.
Fallo
se declara inadmisible el presente recurso de amparo. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. N°Amparo-29-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Arica Arica, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. Pronunciándose sobre la admisibilidad de la presente acción constitucional. A lo principal y otrosí: Visto: Advirtiendo esta Corte que la decisión recurrida por el presente arbitrio constitucional no dice relación con la vulneración de la libertad ambulatoria y/o seguridad individual, en los términos a que se refiere el numeral 7 de
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