JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ MAYKOL VINCE VALDOVINO VALVERDE

Rol

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Teniendo presente lo expuesto por los intervinientes, en relación al presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, entiende esta Corte que los antecedentes reunidos hasta el momento, por ahora, resultan suficientes para tener por acreditadas la existencia del delito de robo con violencia y, respecto a la letra c), tratándose de un delito imputado que tiene asignado una pena de crimen del artículo 140 de dicho literal, establece precisamente que es un elemento que hay que considerar, especialmente, para tener la liberta de las personas como un peligro para la seguridad de la sociedad, a lo que se suma lo expuesto, en este caso, por el Ministerio Público que se trata de personas con antecedentes prontuariales que implican incluso el estar alguno de ellos cumpliendo una libertad condicional, eso hace se reafirme más que la libertad de ambos imputados, por ahora, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y, en consecuencia, SE CONFIRMA la resolución apelada que decretó la prisión preventiva de don Maykol Vince Valdovino Valverde y Cristian Taucare Cruz. Comuníquese por vía de interconexión. Rol N° 48-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veinte de enero de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Sala Rol: 48-2025 Penal Ruc: 2500048667-4 RIT: 263-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo, fiscal judicial señor Juan Manuel Escobar Salas y abogada integrante señora Claudia Moraga Contreras Relator (a): María Pía Bustamante Mülle

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