JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUENTE ALTO

ZENTENO/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO CORDILLERA

Rol

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

CH INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Primero: Que la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal de infracción de ley, en contra de la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, que no dio curso a la reclamación de multa presentada. Segundo: Que al respecto, cabe tener presente que el inciso primero del referido artículo 477 del Código del Trabajo señala: “Tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. En contra de las sentencias definitivas no procederán más recursos.” Tercero: Que la resolución que no da curso al reclamo deducido no comparte la naturaleza jurídica de sentencia definitiva, por cuanto si bien pone término al juicio o la instancia, no lo hace resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio, de modo que no resulta susceptible de impugnación por vía del recurso de nulidad. Por estas consideraciones y lo previsto en las disposiciones legales precitadas se declara inadmisible el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante en contra de la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N°1-2025 – Laboral

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en las disposiciones legales precitadas se declara inadmisible el recurso de nulidad deducido por la parte reclamante en contra de la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto. Devuélvase vía interconexión, en su oportunidad. Rol N°1-2025 – Laboral

Texto Completo (Preview)

CH (svd) San Miguel, veinte de enero de dos mil veinticinco. Vistos: Primero: Que la parte reclamante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal de infracción de ley, en contra de la resolución de veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, que no dio curso a la reclamación de multa presentada. Segundo: Que al respecto, cabe te

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