ANONIMIZADO
Rol
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
ALIMENTOS, CESACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo, únicamente, presente: Que de los antecedentes de autos se observa la existencia de cinco alimentarios beneficiarios de la pensión alimenticia, establecida en la causa C-509-2005 del Tribunal de Familia de Talca, obligación que tiene el carácter de indivisible, al destinarse al sustento en conjunto de éstos, por lo que no se puede, en esas circunstancias, decretar el cese parcializado de los alimentos, de manera que lo resuelto en contrario necesariamente debe ser enmendado. Por esta consideración y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968 y 145 del Código de Procedimiento Civil, SE...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veinte de enero de dos mil veinticinco. Visto y teniendo, únicamente, presente: Que de los antecedentes de autos se observa la existencia de cinco alimentarios beneficiarios de la pensión alimenticia, establecida en la causa C-509-2005 del Tribunal de Familia de Talca, obligación que tiene el carácter de indivisible, al destinarse al sustento en conjunto de éstos, por lo que n
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