Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON PROVENDI PUBLICIDAD SPA

Rol

P-6605-2019

Fecha

9 de junio de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 09 de julio de 2019, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A, representada por el abogado Patricio Elgueta Adrovez, con domicilio en Pedro Aguirre Cerda N° 1159, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones previsionales morosas impagas en contra de PROVENDI PUBLICIDAD SPA, representada por Waldo Abelardo Hernández Chávez, con domicilio en Hernando de Santillán 332, Concepción, fundado en la resolución que se acompaña, dictadas en conformidad con lo señalado en la Ley 19.728 y Ley 17.322, por los trabajadores, meses y montos que se señala en ella, y por un total de $82.710, mas intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo; y, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta hacérsele el íntegro pago de lo adeudado, con costas A folio 4 se amplía la demanda hasta por la suma total de $156.510. A folio 7, se amplía nuevamente la demanda hasta la suma de $222.147.- Con fecha 05 de mayo de 2020, a folio 13, comparece la ejecutada, debidamente representada, y opuso a la ejecución las excepciones de pago parcial. Funda aquella en que habría pagado mediante consignación en la cuenta corriente del Tribunal la suma de $15.000, así como también habría efectuado diversos pagos, que individualiza, por un total de $69.322 en diferentes fechas del año 2019. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta excepción de pago parcial por la suma de $84.322.- Habiéndose conferido traslado, éste no fue evacuado.- A folio 21, se declaró admisible la excepción opuesta, recibiéndose la causa a prueba, rindiéndose la prueba que obra en autos.- Con és

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 09 de julio de 2019, comparece Administradora de Fondos de Cesantía Chile II S.A, quien deduce acción de cobro de cotizaciones impagas en contra de Provendi Publicidad SPA, todos ya individualizados, fundado en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por reproducidas en aras de la economía procesal, solicitando tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo; y, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta hacérsele el íntegro pago de lo adeudado, con costas.- SEGUNDO: Que, a folio 13, comparece el ejecutado, y opuso a la ejecución la excepción de pago parcial, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos.- TERCERO: habiéndose conferido traslado de las excepciones opuestas, este no fue evacuado.- CUARTO: Que, el ejecutado acompaña, a fin de acreditar sus afirmaciones, la documental de: a) Comprobante de pago de fecha 05 de mayo de 2020 por la suma de $15.000,en causa RIT P-6605-2019 de éste Tribunal: b) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 2/2019 de trabajadora Mirelbys Casanova, con fecha de pago 11 de junio de 2019; c) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 2/2019 de trabajadora Carla Riera, con fecha de pago 10 de junio de 2019; d) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 3/2019 de trabajadora Yessica Arratia, con fecha de pago 28 de agosto de 2019; e) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 4/2019 de trabajadora Yessica Arratia, con fecha de pago 28 de agosto de 2019; f) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 5/2019 de trabajadora Yessica Arratia, con fecha de pago 28 de agosto de 2019; g) Comprobante de declaración y no pago de AFP Planvital del período 5/2019 de trabajadora Mirelbys Casanova, con fecha de pago 25 de septiembre de 2019.- QUINTO: Que, de los títulos que sirven de base a la ejecución es posible establecer que las cotizaciones que se cobran en autos corresponden: 1) Resolución N° 1800298, de 25 de mayo de 2019, a) por el período 12/2018 respecto de los trabajadores Yessica Arratia, Código: BXNXXFWWJKS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Mauricio Torres; y, Jorgelis Melendez; b) por el período 01/2019 por los trabajadores Yessica Arratia y Jorgelis Meléndez; y, c) por el período 02/2019 por los trabajadores Yessica Arratia, Makarena Parra, Mirelbys Casanova, y, Carla Riera; 2) Resolución N° 1827991, de 24 de agosto de 2019, a) por el período 03/2019 respecto de los trabajadores Yessica Arratia y Makarena Parra; b) por el período 04/2019 por la trabajadora Yessica Arratia; y, c) por el período 05/2019 por los trabajadores Cesar Pozo, Yessica Arratia, Carla Riera; y, Mirelbys Casanova; 3) Resolución

Fallo

FALLO: 09 JUNIO 2023.- Concepción, nueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 09 de julio de 2019, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A, representada por el abogado Patricio Elgueta Adrovez, con domicilio en Pedro Aguirre Cerda N° 1159, Concepción, quien deduce acción de cobro de cotizaciones previsionales morosas impagas en contra de PROVENDI PUBLICIDAD SPA, representada por Waldo Abelardo Hernández Chávez, con domicilio en Hernando de Santillán 332, Concepción, fundado en la resolución que se acompaña, dictadas en conformidad con lo señalado en la Ley 19.728 y Ley 17.322, por los trabajadores, meses y montos que se señala en ella, y por un total de $82.710, mas intereses, reajustes y recargos correspondientes. Indica que la resolución dictada tiene mérito ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y encontrándose no prescrita la acción ejecutiva. Por lo señalado y normas que cita, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra del ejecutado, ya singularizado, acogerla en todas sus partes, y ordenar despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo; y, disponiendo seguir adelante la ejecución hasta hacérsele el íntegro pago de lo adeudado, con costas A folio 4 se amplía la demanda hasta por la suma total de $156.510. A folio 7, se amplía nuevamente la demanda hasta la suma de $222.147.- Con fecha 05 de mayo de 2020, a folio 13, comparece la ejecutada, debidamente representada, y opuso a la ejecución las ex

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CAUSA: RIT P-6605-2019 DEMANDANTE: AFC CHILE II S.A..- DEMANDADO: PROVENDI PUBLICIDAD SPA..- MATERIA: DEMANDA EJECUTIVA.- FECHA DE INICIO: 09 DE JULIO DE 2019.- PARA FALLO: 09 JUNIO 2023.- Concepción, nueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 09 de julio de 2019, comparece ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A, representada por el abogado Patricio Elgueta Adrovez, con dom

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