SIN INFORMACION

SCHMIDT MICHAEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

20 de enero de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA/OMITE PRONUNCIAM

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Se interpone el recurso de amparo en beneficio de Michael Schmid en contra del Servicio Nacional de Migraciones. por haber dictado la resolución número 24490701. de fecha 24 de octubre del año 2024. por medio de la cual rechazó la solicitud de residencia definitiva disponiendo el abandono al país en el plazo de 10 días, toda vez que no adjuntó el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/ o apostillado. Indica que al ingresar la solicitud acompañó todos los antecedentes, que nunca se solicitó ningún antecedente adicional. El Servicio Nacional de Migraciones opuso excepción de incompetencia, porque refiere que al formular la petición se indicó como domicilio del amparado el ubicado en Providencia 455, departamento 1112, Providencia, Región Metropolitana, Santiago. En el fondo solicita el rechazo del recurso. El amparado incurrió en la causal de rechazo del artículo 88, número 1 de la ley de migraciones porque no acompañó el certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en que haya residido durante los últimos cinco años. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, en primer lugar, la recurrida opone la excepción de incompetencia afirmando que el amparado mantiene domicilio en la Región Metropolitana, comuna de Providencia, sin que en el libelo del recurso de amparo se mencione un domicilio diferente. Segundo: Que, de acuerdo con los antecedentes que rolan en autos, el único domicilio conocido del amparado es aquel proporcionado en la solicitud de regularización migratoria, el que se encuentra fuera del territorio jurisdiccional de esta Corte. Tercero: Que, en virtud de lo dicho y teniendo especialmente presente que se trata de un amparo preventivo, se acogerá la excepción de incompetencia opuesta, en atención a lo señalado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República en relación al artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales. Luego, el tribunal competente para conocer de estos antecedentes, es la Corte de Apelaciones de Santiago, a la que se le remitirán, de manera inmediata.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la excepción de incompetencia planteada por el Servicio Nacional de Migraciones, omitiéndose pronunciamiento sobre el fondo del recurso. Remítanse, de manera inmediata, los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución. Acordada con el voto en contra de la Fiscal Judicial Sra. Nash, quien fue del parecer de rechazar la excepción de incompetencia del tribunal y conocer del fondo del asunto, por cuanto el artículo 21 de la Carta Fundamental señala que “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley”, estimando que con el señalamiento del domicilio efectuado por la representante del amparado se satisface la exigencia legal y se justifica la competencia de esta Corte. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-140-2025. En Valparaíso, veinte de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de enero de dos mil veinticinco. VISTO: Se interpone el recurso de amparo en beneficio de Michael Schmid en contra del Servicio Nacional de Migraciones. por haber dictado la resolución número 24490701. de fecha 24 de octubre del año 2024. por medio de la cual rechazó la solicitud de residencia definitiva disponiendo el abandono al país en el plazo de 10

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica