JUZGADO DE FAMILIA CONCEPCIÓN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

17 de enero de 2025

Materia

DIVORCIO POR CULPA

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que rechaza la solicitud de la parte demandante y demandado reconvencional, de tener por no presentado escrito de rectificación de la demanda reconvencional, la que no se encuadra en ninguna de las situaciones contempladas en la norma legal citada precedentemente, por lo que el...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción NGA/luc Concepción, diecisiete de enero de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resol

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