ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de enero de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos,
Fundamentos
considerando que la resolución impugnada que reguló el monto de consignación para efectos de promover nuevas incidencias resulta procedente en atención a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.968, en cuanto a la supletoriedad de las normas comunes a todo procedimiento dispuestas en el Código de Procedimiento Civil, por lo que resulta aplicable en la especie el artículo 88 de este último cuerpo legal, y considerando que se configuran las hipótesis que prevé este precepto en cuanto se han promovido y perdido, a lo menos, dos incidentes durante la tramitación de la presente causa, y...
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, diecisiete de enero de dos mil veinticinco: VISTOS: Atendido el mérito de autos, considerando que la resolución impugnada que reguló el monto de consignación para efectos de promover nuevas incidencias resulta procedente en atención a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.968, en cuanto a la supletoriedad de las normas comunes a todo procedimiento dispuestas en el Código de Proced
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